Al ser declarado culpable de cometer un delito sexual en California, la ley requiere que se registre como delincuente sexual ante las autoridades locales de policía y que actualice sus datos con frecuencia. El registro como delincuente sexual es obligatorio y puede perjudicar gravemente su futuro y su reputación, así como sus oportunidades de empleo, académicas y profesionales.
Comprender el Sistema de Registro de Delincuentes Sexuales que actualmente se maneja en California es fundamental y un abogado con experiencia en delitos sexuales puede brindarle la asesoría personalizada que requiere su caso. De la mano de su abogado, usted conocerá sus posibles opciones legales, recibirá asistencia en la presentación de peticiones judiciales y será representado en audiencia.
En Sex Crime Criminal Defense Attorney contamos con más de 95 años de experiencia y nuestra especialidad son los casos que involucran delitos sexuales. Si usted o un ser querido requiere asesoría con respecto al registro como delincuente sexual en Los Angeles, CA, las implicaciones que se derivan de esta obligación, los alivios que la ley ofrece, o desea obtener información más detallada y específica en relación con su caso, comuníquese con nosotros de inmediato.
¿Qué establece el Código Penal de California en su Sección 290?
La sección 290 del Código Penal de California requiere que las personas que han sido condenadas por cometer ciertos delitos sexuales se registren como delincuentes sexuales. Este registro debe realizarse anualmente ante las autoridades de policía dentro de los 5 días posteriores al cumpleaños de la persona y dentro de los 5 días posteriores al cambio de residencia, en el evento en que haya lugar a una mudanza.
El registro como delincuente sexual implica el deber de informar a las autoridades policiales sobre su ubicación y paradero, así como proporcionar los detalles de sus actividades diarias si está estudiando, trabajando o residiendo en cualquier parte de California, incluso si fue condenado por delitos sexuales fuera del Estado.
Algunos de los detalles específicos que debe proporcionar ante la agencia local de policía incluyen: nombre y alias legales actuales y anteriores, número de seguridad social, números de teléfono, descripción física, dirección física, correos electrónicos, cuentas de redes sociales, nombre y dirección del empleador, licencias profesionales, licencia de conducir, información del vehículo, detalles de la escuela a la cual asiste, antecedentes penales, foto reciente, ADN, huellas dactilares y palmares.
¿En qué consiste el Sistema de Registro como Delincuente Sexual?
Anteriormente las personas que eran declaradas culpables de cometer un delito sexual debían registrarse como delincuentes sexuales por el resto de sus vidas. Sin embargo, desde Enero de 2021 entró a regir un sistema de registro que consta de 3 niveles, donde solamente al cometer ciertos delitos sexuales particularmente graves, se requiere el registro de por vida.
Este importante cambio trae consigo un sistema de registro de delincuentes sexuales más indulgente, el cual fue introducido por el Proyecto de Ley 384 del Senado. Este proyecto de ley, mejor conocido como Senate Bill 384, una vez aprobado creó 3 niveles de registro que se describen a continuación:
- Primer Nivel: Requiere el registro obligatorio como delincuente sexual por al menos 10 años. En este nivel se encuentran aquellas personas condenadas por cometer determinados delitos sexuales que no se consideran graves. Bajo este orden de ideas, algunos delitos comunes en esta categoría son la agresión sexual (sólo cuando constituye un delito menor o misdemeanor) y la exposición indecente.
- Segundo Nivel: Requiere el registro obligatorio como delincuente sexual por al menos 20 años. En este nivel se encuentran aquellas personas condenadas por cometer determinados delitos sexuales de nivel medio/moderado.
Esta categoría incluye delitos sexuales como la sodomía con un menor de 14 años sin el uso de la fuerza y la lascivia con un menor de 14 años.
- Tercer Nivel: Requiere el registro obligatorio como delincuente sexual de por vida. Cuando el juez impone un registro vitalicio es porque el delito sexual es considerablemente grave, como por ejemplo una violación, la conducta lasciva con un menor empleando la fuerza o infligiendo miedo, el tráfico sexual infantil o delitos sexuales contra menores de 10 años. Asimismo, los delincuentes sexuales que han reincidido en cometer este tipo de conductas suelen incluirse en el tercer nivel.
¿Cuáles son los delitos sexuales que abarca el Registro como Delincuente Sexual en Primer Nivel?
El primer nivel cubre a quienes han cometido delitos sexuales con el nivel de riesgo más bajo de acuerdo con el nuevo esquema de registro. En líneas generales se trata de delitos sexuales no violentos, cuya magnitud no es severa y por eso principalmente abarca delitos menores. Los siguientes son algunos ejemplos de delitos de primer nivel:
Código Penal 243.4 – Un delito menor de agresión sexual,
Código Penal 266 – Atraer a un menor a una casa de prostitución,
Código Penal 266 (c) – Inducir relaciones sexuales mediante fraude,
Código Penal 288(a) – Un delito menor de copulación oral (involucrando o no involucrando a un menor),
Código Penal 288.4 – Un delito menor de organizar una reunión con un menor con fines lascivos,
Código Penal 311.1 y 311.11 – Un delito menor de posesión de pornografía infantil,
Código Penal 314 – Exposición indecente,
Código Penal 647.6 – Molestar a un menor (sólo cuando se trata de la primera vez que se comete el delito).
¿Cuáles son los delitos sexuales que abarca el Registro como Delincuente Sexual en Segundo Nivel?
El segundo nivel está dirigido a delitos más graves que no llegan a la categoría más grave reservada para el nivel 3. De ahí que se hable de un nivel intermedio. En general, se trata de delitos sexuales que se consideran graves o violentos, pero no los delitos sexuales más graves que se describen más adelante y que corresponden al tercer nivel. Algunos ejemplos de delitos de nivel dos incluyen:
Código Penal 285 – Incesto,
Código Penal 286 – Sodomía cuando la víctima es incapaz de dar su consentimiento debido a un trastorno mental o discapacidad física o del desarrollo. Así como la sodomía sin el uso de la fuerza cuando involucra a un menor de 14 años que es más de 10 años joven que el acusado,
Código Penal 287 – Cópula oral con un menor de 14 años que es más de10 años joven que el acusado,
Código Penal 288 – Actos lascivos con un menor cuya edad es inferior a 14 años,
Código Penal 289 – Penetración con un objeto extraño cuando el acto se realiza contra la voluntad de la víctima amenazando con tomar represalias en el futuro contra la víctima o cualquier otra persona; o cuando la víctima está en ese momento incapacitada para dar su consentimiento, debido a un trastorno mental o discapacidad física o del desarrollo.
Código Penal 647.6 PC – Molestar a un menor (cuando se trata de una reincidencia)
¿Cuáles son los delitos sexuales que abarca el Registro como Delincuente Sexual en Tercer Nivel?
El tercer nivel abarca los delitos sexuales más graves según lo dispuesto por la ley de California. Estos delitos sexuales están sujetos a registro de por vida debido a su gravedad. Actualmente no existe un mecanismo para solicitar la eliminación del registro por un delito de nivel tres como sucede con el primer y segundo nivel.
Estos delitos sexuales a menudo se caracterizan por la violencia, las amenazas o la corta edad de la víctima. Sin embargo, ciertos delitos que generalmente se consideran no violentos también están cubiertos por este nivel. Los siguientes son ejemplos de delitos de nivel tres bajo el nuevo esquema de registro:
Código Penal 187 – Asesinato cometido durante la comisión o intento de comisión de violación,
Código Penal 207 y 209 – Secuestro durante la comisión o intento de comisión de violación,
Código Penal 220 – Asalto con intención de cometer un delito grave,
Código Penal 236.1 – Tráfico sexual infantil,
Código Penal 243.4 – Un delito grave de agresión sexual (la mayoría de los casos),
Código Penal 261 – Violación (la mayoría de los casos),
Código Penal 262 – Violación conyugal haciendo uso de la fuerza,
Código Penal 266(h) y 266(i) – Proxenetismo y proxenetismo con un menor,
Código Penal 266(j) – Transporte de un niño menor de 16 años con fines lascivos,
Código Penal 267 – Llevarse a un menor con fines de prostitución,
Código Penal 288 PC – Actos lascivos con menores de 14 años haciendo uso de la fuerza
Código Penal 288.2 – Enviar material dañino para seducir a un menor,
Código Penal 288.5 – Agresión sexual continua a un niño,
Código Penal 288.7 – Agresión sexual a un niño menor de 10 años,
Código Penal 311.11 – Un delito grave de pornografía infantil.
El registro de nivel tres también se aplica a aquellos condenados a cadena perpetua y a quienes han sido considerados delincuentes sexuales habituales según lo dispuesto por el Código Penal en su Sección 667.71.
Por último, cabe resaltar que las anteriores listas no son exhaustivas, lo que significa que no cubren todos los delitos por los que un juez puede solicitar que una persona se registre como delincuente sexual. De hecho, un juez puede ordenarle que se registre por cualquier delito sexual, si considera que usted actuó con fines sexuales.
¿Cuáles son las obligaciones que se derivan del Registro como Delincuente Sexual?
La Ley de registro de delincuentes sexuales establece que una persona debe registrarse como delincuente sexual si es condenada por ciertos delitos sexuales en California. Con la aprobación del Proyecto de Ley SB 384, la mayoría de las personas condenadas por un delito sexual tendrán que registrarse por un mínimo de 10 o 20 años. Así las cosas, solamente las personas condenadas por los delitos sexuales más atroces tendrán que registrarse como delincuentes sexuales de por vida.
Con respecto a las obligaciones que surgen del registro, la primera que surge es la de registrarse personalmente con la policía local dentro de los cinco días hábiles posteriores a:
- La sentencia (si no recibe tiempo en la cárcel);
- La liberación de la cárcel o prisión;
- El alta de un hospital o institución mental; o
- Dependiendo de su primera liberación/interacción en comunidad
El objetivo principal del registro es mantener a la policía actualizada sobre su residencia y permitir que los miembros de la comunidad lo identifiquen si buscan información acerca de cualquier delincuente sexual en su área. Como mínimo, se le pedirá que informe anualmente a la policía local dentro de los cinco días posteriores a su cumpleaños. Otros posibles requisitos incluyen:
- Informar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la mudanza. Esto significa que cada vez que se mude, debe informar a las autoridades acerca de esta circunstancia y brindar personalmente su nueva información de residencia. De igual forma, si habitualmente reside en más de un lugar, debe informar sobre cada una de sus direcciones. Adicionalmente, tenga en cuenta que, si las viviendas están ubicadas en diferentes ciudades, debe reportar la información a la respectiva agencia local de policía de cada lugar. Y si usted se muda fuera del Estado de California, el nuevo Estado donde se mude puede exigirle que se registre como delincuente sexual.
- Si se queda sin hogar, debe informar a la policía local cada 30 días. En otras palabras, si usted vive como transeúnte, al no tener residencia permanente, debe actualizar a la agencia local de policía acerca del área en el que se encuentra físicamente presente al menos una vez cada 30 días.
- Si está inscrito o empleado en una universidad de California, también debe registrarse con la policía del campus dentro de los cinco días posteriores a la inscripción o fecha de inicio del empleo (según corresponda) y a la salida de la institución. Esto significa que debe informar a la policía del campus si usted está físicamente presente en una universidad de California o en cualquiera de sus instalaciones. Lo anterior aplica en el evento en que el campus universitario efectivamente cuente con un departamento de policía. Pero si no hay un departamento de policía del campus, debe registrarse con la agencia local de policía que patrulla el área en la que se encuentra el campus, además de registrarse en la agencia policial que se encuentra en el área en donde vive.
- Si ha sido condenado por un delito sexual y se le ha diagnosticado un trastorno médico peligroso, debe actualizar su registro con la policía local cada 90 días. Esto aplica en el caso de los depredadores sexualmente violentos. Un “depredador sexualmente violento” es un individuo que ha sido condenado por un delito sexual violento y que tiene un trastorno mental diagnosticado que lo convierte en una amenaza para la comunidad.
- Si cambia su nombre en cualquier momento, debe informar el cambio a la policía local dentro de los cinco días siguientes al cambio. Al tratarse de una modificación de su información personal, debe informar a las autoridades acerca de este hecho para que se realicen las actualizaciones que correspondan.
¿Cómo funciona la Ley Megan en California?
Una vez usted informa a su agencia local de policía, la agencia envía su información al Departamento de Justicia de California, mejor conocido como DOJ por sus siglas en inglés. El Programa de Seguimiento de Delincuentes Sexuales del DOJ conserva la lista de delincuentes sexuales registrados en California por motivos de seguridad pública.
Esta información generalmente está disponible para el público a través de Internet en el sitio web Megan's Law del Departamento de Justicia. El hecho de que su información se muestre públicamente en este sitio depende del delito sexual específico por el cual fue condenado. Si la información aparece en línea, normalmente incluirá su nombre, una fotografía, información de identificación (como su altura, peso, color de ojos, tatuajes o cicatrices, y cualquier alias conocido), y el delito o delitos que lo sometieron al registro de delincuentes sexuales bajo lo dispuesto por el Código Penal Sección 290.
El hecho de que su dirección aparezca en línea o no depende del delito sexual específico por el que fue condenado y su historial criminal con respecto a delitos sexuales que haya cometido en el pasado.
La información sobre los delincuentes sexuales registrados en California en el sitio web de la Ley de Megan se divide en dos categorías básicas. La primera categoría muestra la dirección completa del delincuente registrado. Este grupo está reservado para aquellos que son condenados por los delitos sexuales más graves en California, o han sido condenados por múltiples delitos sexuales. Por su parte, el segundo grupo muestra sólo el código postal del delincuente registrado. A esta segunda categoría pertenecen aquellos que han cometido delitos sexuales menos graves.
¿Es posible elevar una solicitud para la eliminación del Registro como Delincuente Sexual?
Sí es posible. La obligación de registrarse como delincuente sexual no se elimina automáticamente una vez se completa el período señalado por el juez. Por ese motivo, las personas que se encuentran inscritas deben continuar registrándose hasta tanto el tribunal decida aprobar la petición para eliminar el requisito.
El Sistema de Registro como Delincuente Sexual en el primer y segundo nivel permite elevar una petición ante el tribunal una vez transcurrido el periodo de 10 o 20 años establecido, con el fin de eliminar dicho registro de su historial. Al respecto, vale la pena señalar que el Tribunal tiene 60 días para emitir un veredicto, sea aprobando o negando la petición.
En cuanto a los requisitos que deben cumplirse previo a la presentación de la petición, cabe mencionar que el proceso comienza con una confirmación sobre si la persona ha cumplido o no con los requisitos establecidos en la sección 290 (e) del Proyecto de Ley del Senado. Estas disposiciones establecen que una persona sólo será elegible para presentar una petición de eliminación si ha cumplido con el requisito de tiempo mínimo establecido en el nivel 1 o 2, según corresponda. Acto seguido, los agentes de la ley enviarán el informe de condena al Tribunal para su análisis. El Fiscal o Fiscal de Distrito que presidió el caso penal también recibirá copia de la información de la condena.
Además de lo anterior, el proyecto de ley señala que luego del 1 de julio de 2021, cualquier delincuente de nivel uno o dos que haya cumplido con sus requisitos mínimos de registro puede solicitar a un tribunal de California que sea eliminado del registro en el día de su próximo cumpleaños, o después de éste. Por ejemplo, si un delincuente de nivel uno ha estado en el registro durante al menos 10 años y su cumpleaños es el 14 de agosto, entonces puede presentar una petición ante el tribunal a partir del 14 de agosto de 2021. Tenga en cuenta que la ley está en constante cambio y conviene consultar frecuentemente sus actualizaciones.
Ahora bien, si el fiscal opta impugnar la petición que ha sido presentada, solicitará que se celebre una audiencia donde indicará la razón por la cual la persona no cumple con todos los requerimientos de la sección 290 (e) del proyecto de ley. Por ejemplo, si la petición de eliminación del registro como delincuente sexual en primer nivel se presenta un mes antes de concluir el tiempo mínimo de 10 años, el Fiscal del Distrito puede impugnarla con éxito. Otra razón por la que podría impugnar la solicitud en audiencia sería al basarse en la sección 290.5 (e) del proyecto de ley, referente a la seguridad de la comunidad inmediata, pues según esta disposición, es posible negar una petición si la comunidad se encuentra más segura con el registro como delincuente sexual.
Si bien es cierto que la impugnación del fiscal puede ser un obstáculo para que el tribunal acceda a la petición de eliminación del registro como delincuente sexual, esto no ocurre en todos los casos. Con ayuda de un buen abogado con experiencia en esta área de práctica, aumentan las posibilidades de que su petición tenga éxito y el juez emita una decisión favorable. Además tenga en cuenta que, si su petición es denegada, puede volver a presentarla luego de uno a cinco años contados a partir del momento en que se emitió el veredicto inicial.
Consultar un abogado de delitos sexuales de Los Angeles, CA
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